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Inspecciones de la STPS sobre NOM-035: Protocolo y Gestión de Evidencias

Una visita de inspección de la STPS en materia de NOM-035 no verifica solo que los documentos existan — verifica que todo el proceso preventivo sea real, coherente y conocido por los propios trabajadores. Estar preparado requiere mucho más que una carpeta bien organizada.

¿Cómo Funciona una Inspección de la STPS en Materia de NOM-035?

La Dirección General de Inspección Federal del Trabajo cuenta con la facultad legal de realizar visitas ordinarias y extraordinarias a cualquier centro de trabajo en México. En el contexto de la NOM-035, el inspector no busca únicamente que los cuestionarios de las guías de referencia estén aplicados: verifica la trazabilidad completa del proceso preventivo, desde la política hasta las acciones de intervención.

Las inspecciones pueden ser de dos tipos. Las ordinarias son programadas y se realizan para verificar el cumplimiento general de la normativa laboral. Las extraordinarias se desencadenan por una queja formal de un trabajador o por haber detectado incumplimientos en una visita previa. Ambas pueden derivar en multas si se encuentran deficiencias.

Las Tres Fases de una Visita de Inspección

Fase 1: Revisión Documental

Al inicio de la visita, el inspector debe identificarse formalmente y entregar el Acuerdo de Inspección, donde se especifican los numerales de la NOM-035 que serán auditados. Inmediatamente después, solicitará la carpeta de evidencias del centro de trabajo.

El inspector cotejará que la Política de Prevención esté debidamente firmada y difundida, que los diagnósticos estén vigentes (máximo dos años de antigüedad o actualizados ante cambios organizacionales), y que los informes de resultados cumplan con los requisitos técnicos del numeral 9.2 de la norma.

Fase 2: Inspección Ocular de las Instalaciones

El agente de la autoridad realizará un recorrido por las instalaciones con un objetivo específico: verificar que los avisos informativos sobre la política de prevención sean visibles y accesibles para todos los colaboradores. También verificará que existan mecanismos físicos o digitales para reportar actos de violencia laboral.

Los tableros de avisos, las pantallas digitales en áreas comunes o los códigos QR que dirijan a los mecanismos de queja son evidencias válidas y bien valoradas por los inspectores. Lo que no es aceptable es una política que solo exista en los archivos del área de RH y que ningún trabajador haya visto.

Fase 3: Entrevistas Privadas con el Personal

Esta es la fase donde se detectan las mayores brechas y donde más empresas reciben señalamientos. El inspector seleccionará aleatoriamente a un grupo de trabajadores — sin presencia de representantes de la empresa — y los entrevistará de forma individual.

Las preguntas típicas incluyen: ¿Sabe usted qué es la NOM-035? ¿Conoce la política de prevención de su empresa? ¿Sabe cómo reportar un acto de violencia laboral? ¿Recibió los resultados del diagnóstico de factores de riesgo?

"Si los trabajadores desconocen la existencia de la Política de Prevención o los resultados de las evaluaciones, la empresa puede ser sancionada aunque cuente con todos los documentos firmados. La evidencia documental sin la evidencia de difusión real no es suficiente."

Checklist de Evidencias Indispensables

Para garantizar un resultado satisfactorio durante la visita de inspección, prepare los siguientes documentos con anticipación y asegúrese de que estén organizados y accesibles:

  • Política de Prevención: Firmada por la dirección, con acuses de difusión a toda la plantilla.
  • Cuestionarios aplicados: Guía I (siempre) y la Guía II o III según el tamaño del centro.
  • Informe de resultados: Análisis estadístico desglosado por áreas, con niveles de riesgo identificados.
  • Programa de intervención: Acciones específicas con responsables, fechas y métricas de seguimiento.
  • Registros de difusión: Firmas, correos, capturas de intranet, listas de asistencia a sesiones informativas.
  • Canalizaciones médicas: Expedientes de trabajadores referidos a servicios de salud por ATS u otros riesgos.
  • Actas de la Comisión de Seguridad e Higiene relacionadas con riesgos psicosociales.

El Plazo de Desahogo y la Defensa ante Sanciones

En caso de que el inspector detecte deficiencias, la empresa recibe un plazo legal de desahogo (generalmente entre 5 y 15 días hábiles) para subsanar los hallazgos y presentar evidencias complementarias. No cumplir en este plazo activa el procedimiento administrativo sancionador.

Las multas pueden escalar rápidamente, especialmente si los mismos incumplimientos son detectados en una segunda visita (reincidencia). Tener un expediente centralizado y actualizado es la mejor estrategia preventiva.

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